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Cosas que debes saber sobre la nueva factura electrónica

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CAMARA WEB,MANHATTAN,462013, USB V2 720P MIC INTERNO

CAMARA WEB,MANHATTAN,462013, USB V2 720P MIC INTERNO
Marca: MANHATTAN
Codigo de fabricante: 462013
Existencia: 1 (34)
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Promoción vence: Por Cantidad
 

CAMARA ANALOGA/DAHUA/ HAC-B1A21-28 / BULLET DE 2 MP - 1080P/ LENTE DE 2.8 MM/ 100° DE APERTURA/ IR DE 20 MTS/ IP67/ SOPORTA: CVI/TVI/AHD Y CVBS

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Marca: DAHUA
Codigo de fabricante: DH-HAC-B1A21N
Existencia: 4 (239)
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Marca: HILOOK
Codigo de fabricante: THC-T120-PC
Existencia: 13 (137)
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Promoción vence: Por Cantidad
 
 

Cosas que debes saber sobre la nueva factura electrónica

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Los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), o lo que comúnmente se conoce como factura electrónica, cambiarán a partir de este 1 de julio: la versión 3.3.

Esta modificación es obligatoria para todos los contribuyentes, no importa si son personas físicas o empresas, ni tampoco el monto de ingresos, o bien la actividad que realicen.

¿Cuáles son los cambios y cómo llenar de manera correcta este documento? Aspel, una empresa de software administrativa, te dice la manera en la que debes seguir los lineamientos establecidos por el SAT, ya que de ello depende que tengas acceso a deducciones.

Pautas
Debe verificarse la existencia y capturar de forma correcta el número de Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del receptor y del emisor, para comprobar que el registro se encuentra activo y no está cancelado por la autoridad fiscal. Esta validación recaerá en quien emita el CFDI y en el Proveedor Autorizado de Certificación (PAC).

Fecha, hora y lugar de expedición. Estos campos deben ser congruentes entre sí. La validación de los CP se hará a partir del catálogo publicado por el Servicio Postal Mexicano (Sepomex) o del que el contribuyente haya proporcionado al solicitar su RFC.

Es necesario incluir en el CFDI la clave con la que se identifica el tipo de factura y fin administrativo que se le dará, si es un ingreso, egreso, un traslado, nómina o pago.

En esta versión se deberá especificar si la liquidación de la factura se efectúa en una sola exhibición o en parcialidades. Cuando se autoriza a meses, se debe emitir una primera factura por el valor total de la operación y luego se debe generar un CFDI por cada una de las parcialidades activando el complemento “recepción de pago”.

La cantidad de decimales que se pueden expresar en el CFDI dependerá del tipo de moneda que se emplee. Esto está determinado en un catálogo al que se debe prestar atención.Tipo de cambio será requerido cuando la clave de moneda sea distinta de la moneda nacional (pesos). El valor debe reflejar el número de pesos que equivalen a una unidad de la divisa señalada en el atributo moneda.

Se deberá dar cuenta de la forma de pago con la que se adquirieron los bienes o de la prestación de los servicios detallados en el CFDI. Aquí se pueden consultar las claves correspondientes a efectivo, cheque, transferencia electrónica u otro.

Uno de los cambios más importantes en el uso de nuevos catálogos y plantillas (17 nuevos), es el de “productos y servicios”, ya que en esta versión del CFDI se tendrá que clasificar cada concepto a facturar con base en un catálogo con 52 mil 839 conceptos.

Otro de los nuevos catálogos que sobresale es el de “uso CFDI”, ya que en esta versión se tendrá que indicar en el comprobante el uso que le dará el receptor (adquisición de mercancía, gasto, inversión de activo fijo, etcétera).

Sellos digitales y cadena, cada uno de ellos alude al lenguaje único de cada CFDI.

PRÓRROGA CFDI 3.3 

A pesar de que el 1 de julio de 2017 entra en vigor el CFDI versión 3.3 los contribuyentes podrán emitir sus facturas con la versión CFDI 3.2 hasta el 30 de noviembre sin ningún problema. Esto se permitirá con la finalidad de que pueda haber una migración paulatina de  sus procesos de facturación sin tener que apresurar el cambio de un día a otro.

Sin embargo el 1 de diciembre de 2017, únicamente serán validas las facturas electrónicas emitidas con la versión CFDI 3.3.

Por igual, el complemento de recepción de pagos será opcional iniciando el 1 de julio y será obligatorio a partir del 1 de diciembre.