El SAT aplaza la contabilidad electrónica
04/Dic/2014
El SAT anunció cambios en la contabilidad electrónica entre estos cambiaron plazos y contribuyentes obligados para la entrega de la contabilidad electrónica.
Originalmente, todos los contribuyentes deberían comenzar a entregar los documentos de contabilidad electrónica a través del sitio del SAT en enero de 2015, con datos desde Julio 2014.
Ahora será de acuerdo con el nivel de ingreso y no incluirá información de 2014.
Las personas morales con ingresos superiores a 4 millones de pesos en 2013 tendrán para entregar la contabilidad electrónica de enero de 2015 hasta el 3 de marzo de ese año.
Las personas físicas con actividad empresarial que hayan tenido ingresos superiores a 4 millones de pesos en 2013 podrán entregrar su contabilidad electrónica de enero el 5 de marzo de 2015.
La contabilidad electrónica, según lo establecido en la ley, incluye los catálogos de cuentas, la balanza de comprobación y las pólizas de las empresas.
Las empresas y personas físicas con actividad empresarial con ingresos en 2013 menores a 4 millones de pesos, así como las donatarias y otras personas morales sin fines de lucro, comenzarán a enviar su contabilidad electrónica hasta 2016, según lo que comento Aristóteles Núñez, jefe del SAT.
Las empresas que cotizan en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) entregarán la contabilidad electrónica de manera trimestral, aunque diferenciando mes por mes las actividades en que incurrieron en el periodo.
Núñez comentó que, de acuerdo a esta última modificación, son 203 mil 807 contribuyentes los que deberán entregar la contabilidad electrónica a partir de marzo 2015.
El SAT anunció también que pondrá a disposición una herramienta gratuita en su portal para que los contribuyentes puedan generar y enviar la información de su contabilidad.
La herramienta, explicó, estará disponible a partir de enero para que se pueda enviar la información contable los primeros días de marzo.
El fisco recordó que las personas físicas asalariadas, las que obtienen ingresos por arrendamientos o están en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y utilizan el sistema Mis Cuentas del SAT para presentar sus declaraciones, no están obligados a mandar la contabilidad electrónica.
http://www.sat.gob.mx/fichas_tematicas/buzon_tributario/Paginas/contabilidad_electronica.aspx